Loading...

MARCAS

by peysa, 11 marzo, 2015

¿QUÉ ES UNA MARCA?

Las marcas comerciales son signos que nos permiten distinguir productos, servicios, establecimientos industriales y comerciales en el mercado.

La principal característica de una marca es su carácter distintivo, esto es, debe ser capaz de distinguirse de otras que existan en el mercado, a fin de que el consumidor diferencie un producto y/o servicio de otro de la misma especie o idénticos que existan en el mercado.

Los consumidores satisfechos con un determinado producto son más propensos a comprar nuevamente o a volver a usar ese producto. Para ello, es necesario que puedan distinguirlo de otros productos idénticos o similares.

Las marcas comerciales pueden ser palabras, letras, números, fotos y formas así como toda combinación de los mismos:

  • Una palabra o palabras o con o sin significado idiomático, combinación de letras, y/o número: marcas denominativas.
  • Etiquetas con figuras, imágenes, símbolos, dibujos, marcas figurativas.
  • En etiquetas con palabra, palabras, con o sin significado idiomático, combinación de letras, y/o número, en combinación con figuras, imágenes, símbolos y dibujos: marcas mixtas.La protección que concede la marca es territorial, es decir, sólo a nivel nacional; y temporal, por 10 años contados desde su registro, pero a diferencia de los otros títulos de protección las marcas son renovables indefinidamente por periodos iguales, previo pago de la tasa correspondiente.
  • Estas son las marcas más comunes, pero también puede ser cualquier signo distintivo capaz de representación; por ejemplo, un sonido: marcas sonoras.

¿QUÉ SE DEBE HACER ANTES DE SOLICITAR UNA MARCA?

  • Comprobar que el signo elegido cumple con los requisitos de validez y registrabilidad que establece la Ley de Marcas y no incurre en alguna prohibición legal de registro (para ello ver arts. del 4 al 10 de Ley 17/2001 de 7 diciembre de Marcas).
  • También se puede solicitar en OEPM un informe de búsqueda para asegurarse de que el signo está libre (pero tiene precio variable).

¿CÓMO PRESENTAR Y TRAMITAR SOLICITUDES DE MARCAS?

Cumplimentar el impreso de solicitud disponible en la página web de la OEPM (www.oepm.es) y firmar el impreso. Otra opción: presentarse electrónicamente, que conllevará reducción de las tasas de solicitud del 15%.

A la solicitud presentada se le otorga día, hora y minuto, de presentación y un número que identificará el expediente y no será nunca modificado. Los datos mínimos para obtener una fecha de presentación son los siguientes:

  • Declaración de que se solicita una marca.
  • Identificación y firma del solicitante.
  • La denominación en que la marca consista o un diseño de la misma si fuera gráfica o mixta.
  • Los productos o servicios a los que se aplicará.

Abonar tasa  (solicitud de registro de marca o nombre comercial: 144 euros por la primera clase solicitada) mediante:

  • Ingreso en la Oficina de la Caixa situada en la Oficina Española de Patentes y Marcas o en cualquier Sucursal del territorio nacional de la citada entidad bancaria,
  • a través de página web: “Trámites en línea: Pago telemático” (si dispone de DNI electrónico o certificado digital)

La tramitación de la solicitud tiene una duración aproximada de entre 8 y 15 meses.

Tras la concesión de la marca, debe recoger el título registro de la marca a partir de la publicación de la concesión en el B.O.P.I. (Boletín Oficial de la Propiedad Industrial)

El registro de la marca se otorga por 10 años contados desde la fecha de solicitud, por lo que si desea mantener en vigor la marca (además del usar la marca), debe proceder a su renovación, en los seis meses anteriores al vencimiento del registro. Puede renovarse indefinidamente por periodos sucesivos de diez años (tendrá que pagar la tasa de renovación).

¿DE QUÉ DOCUMENTOS DEBERÁ ACOMPAÑARSE LA SOLICITUD?

  • Justificante del pago de la tasa preceptiva.
  • Autorización al representante en el caso de que se hubiera designado alguno.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL REGISTRO?

Cualquier persona física o jurídica. Puede actuar bien directamente, bien mediante agente de la propiedad industrial o representante debidamente autorizado.

¿DÓNDE PRESENTAR LAS SOLICITUDES?

  • Con carácter general, el solicitante podrá presentar sus solicitudes de registro de marcas, a su libre elección, ante los órganos competentes de las siguientes Comunidades Autónomas:
  1. Donde tenga su domicilio o un establecimiento industrial o comercial serio y efectivo
  2. .Donde el representante designado por el solicitante, tenga su domicilio o tenga una sucursal seria y efectiva.
  • En otros lugares (pero dirigidas al órgano competente): Oficinas de Correo o Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, Áreas de industria y Energía.
  • La Ley prevé un Régimen Transitorio: Mientras las distintas Comunidades Autónomas inician las actividades registrales, las solicitudes de registro se presentarán directamente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas. Igual para los solicitantes no domiciliados en España.

¿QUÉ POSIBILIDADES HAY SI SE DENEGARA LA CONCESIÓN DE LA MARCA? La resolución de concesión o denegación se publicará en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial. Si el registro se denegara, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes contado desde la publicación de la denegación en el B.O.P.I. (este recurso es previo y obligatorio para acudir a la vía contenciosa).