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PATENTES

by peysa, 11 marzo, 2015

¿QUÉ ES UNA PATENTE?

Una Patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular. Como contrapartida, la Patente se pone a disposición del público para general conocimiento.

El derecho otorgado por una Patente no es tanto el de la fabricación, el ofrecimiento en el mercado y la utilización del objeto de la Patente, que siempre tiene y puede ejercitar el titular, sino, sobre todo y singularmente, «el derecho de excluir a otros» de la fabricación, utilización o introducción del producto o procedimiento patentado en el comercio.

La Patente puede referirse a un procedimiento nuevo, un aparato nuevo, un producto nuevo o un perfeccionamiento o mejora de los mismos. La duración de la Patente es de veinte años a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Para mantenerla en vigor es preciso pagar tasas anuales a partir de su concesión.

Ver Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.

¿CÓMO PRESENTAR Y TRAMITAR SOLICITUDES DE PATENTES?

  • Cumplimentar el impreso de solicitud disponible en la página web de la OEPM (oepm.es), desde el apartado de “UTILIDADES/Formularios”, y firmar el impreso.
  • Abonar tasa de solicitud (consultar cantidades en pag web OEPM, en apartado de “UTILIDADES/Tasas”) mediante:
    • Ingreso en la oficina de La Caixa situada en la Oficina Española de Patentes y Marcas (Pº de la Castellana 75, Madrid) o en cualquier Sucursal del territorio nacional de la citada entidad bancaria.
  • La tramitación de la solicitud de patente dura un mínimo de treinta meses, en función del procedimiento por el que se opte, con o sin examen previo, así como de las posibles interrupciones del procedimiento debidas a defectos en la solicitud.
  • La patente tiene una duración de veinte años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y produce sus efectos desde el día en que se publica la mención de la concesión en el BOPI. Para mantener en vigor una patente, el titular de la misma deberá abonar las anualidades establecidas (ver en oepm.es) y que se revisan anualmente.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR UNA PATENTE?

Igual que para las Marcas.

¿DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD?

  • Directamente en la Oficina Española de Patentes y Marcas,
  • en los registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, de cualquier Administración de las CCAA,
  • en las Oficinas de Correos,
  • en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • Electrónicamente, mediante la instalación de un software gratuito facilitado por la OEPM desde su página Web. Conllevará reducción de las tasas de solicitud del 15% (código IE01 -Solicitud de invención por Internet). Sólo se puede pagar electrónicamente a través de la sección: “Sede Electrónica: Pago telemático de tasas”. En las solicitudes electrónicas, el pago debe ser previo a la presentación de la solicitud.  Es posible en las solicitudes presentadas en papel realizar el pago de la tasa con posterioridad a la solicitud.

¿CUÁL ES LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA PRESENTAR UNA SOLICITUD DE PATENTE?

  • Instancia de solicitud (Impreso normalizado 3101)
  • Memoria descriptiva que consta de:
  1. Una descripción de la invención para la que se solicita la patente.
  2. Una o varias reivindicaciones (el objeto para el que se solicita la protección).
  3. Los dibujos a los que se refieran la descripción o las reivindicaciones, cuando ello se considere necesario.
  4. Resumen de la invención, acompañado, en su caso, por la figura más representativa

DENEGACIÓN DE CONCESIÓN DE LA PATENTE: Posibilidad de interponer recurso de alzada.  Plazo: 1 mes desde la publicación de la resolución en el BOPI.